Regularización de derechos de aprovechamiento de aguas

Permite a personas naturales o jurídicas solicitar a la Dirección General de Aguas (DGA) la regularización de los derechos de aprovechamiento de aguas que se extraen individualmente de una fuente natural, o con el propósito de inscribirlo a su nombre, ya que se encuentran a nombre de otra persona o no están registrados.
Los usuarios deben acreditar al menos cinco años de uso ininterrumpido, contados hacia atrás desde la fecha en vigencia del Código de Aguas de 1981, es decir, antes del 29 de octubre de 1976.
La utilización del agua debe haberse efectuado libre de clandestinidad o violencia y sin reconocer el dominio ajeno.

URL del Trámite

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