Derechos de aprovechamiento de aguas superficiales

Permite solicitar un derecho de aprovechamiento de aguas superficiales, las cuales son consideradas bienes nacionales de uso público.

El derecho no consuntivo posibilita el empleo del agua sin consumirla y obliga a restituirla en la misma calidad, cantidad y oportunidad (por ejemplo: generación eléctrica, pisciculturas, etc.), mientras que el derecho consuntivo está orientado al consumo total de las aguas en cualquier actividad (por ejemplo: riego, agua potable, abrevamiento de animales, entre otros).

URL del Trámite

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