Preguntas Frecuentes 

Agua y Recursos Hídricos

¿Cómo presentar una solicitud de derechos de aprovechamiento de aguas?
El procedimiento para obtener un derecho de aprovechamiento de aguas se encuentra normado en los artículos 130 y siguientes del Código de Aguas, dicho procedimiento técnico legal involucra diversas etapas y costos asociados a publicación y radiodifusión de la solicitud, entre otros, y cuya autorización final por parte de la Dirección General de Aguas, dependerá del hecho de que la solicitud sea legalmente procedente, que no se afecten derechos de terceros y que exista disponibilidad del recurso hídrico para constituir nuevos derechos de aprovechamientos de aguas. En este sentido, sugerimos a usted, antes de iniciar cualquier trámite legal, requerir información sobre la factibilidad de constituir nuevos derechos en la Dirección Regional de Aguas correspondiente.

Guías del trámite aquí:

Subterráneas: https://dga.mop.gob.cl/Paginas/ap_aguas_subterraneas.aspx

Superficiales: https://dga.mop.gob.cl/Paginas/ap_aguas_superficiales.aspx

¿Cómo realizar una denuncia?
Una denuncia es una comunicación escrita realizada por cualquier persona, ya sea jurídica o natural, a la D.G.A., que permite manifestar la ocurrencia de una eventual infracción al Código de Aguas

Las materias denunciadas por las cuales se puede solicitar una fiscalización son obras no autorizadas en cuaces (Art. 41 y 171 C.A), extracción de aguas no autorizada (Art. 20, 59 y 163 C.A.; Art. 42 y 43 D.S. 203/2013), bocatomas (Art. 151, 304 C.A.), obras hidráulicas mayores (Art. 294 y 307 C.A.), caudal ecológico (Art. 129 bis 1 C.A.), extracción de áridos no autorizada (Art. 32 C.A.), control de extracciones de aguas (Art. 68 C.A.), incumplimiento a condiciones al ejercicio del derecho (Art. 149 N°7 C.A.) u otras relacionada con el Código de Aguas.

El plazo de tramitación de un expediente de fiscalización de denuncias es de máximo 6 meses

Toda persona que realice una denuncia deberá llenar el formulario respectivo, que se encuentra disponible en las Oficinas D.G.A. y en la página web del Servicio, el que deberá ser completado, firmado y presentado en papel en la respectiva Dirección Regional o Provincial de Aguas.

También se podrá realizar la denuncia vía correo electrónico, para este caso deberá adjuntarse el formulario de ingreso de denuncias, debidamente completado y firmado al correo designado para ello, según la región donde se ubica la presunta contravención al Código de Aguas.

Formulario disponible aquí: https://dga.mop.gob.cl/productosyservicios/realizarDenuncia/Paginas/default.aspx#

¿Qué trámites se pueden realizar de manera digital?
La Dirección General de Aguas cuenta con una Oficina Virtual que permite ingresar trámites de manera completamente electrónica, para lo que requerirá contar con Clave Única, contempla los siguientes trámites:

  • Solicitud de Derecho de Aprovechamiento de Aguas Subterráneas.
  • Solicitud de Derecho de Aprovechamiento de Aguas Superficiales.
  • Solicitud de Inscripción de Derechos en el Catastro Público de Aguas.
  • Solicitud de Aprobación de Proyectos de Obras.
  • Oposición a una Solicitud.
  • Recurso de Reconsideración.
  • Solicitud de Regularización de Derechos de Aprovechamiento de Aguas.
  • Cambio del Punto de Captación de Derechos de Aprovechamiento de Aguas Subterráneas.
  • Traslado de Ejercicio del Derecho de Aprovechamiento de Aguas Superficiales.

Oficina Virtual: https://snia.mop.gob.cl/portal-web

¿Cómo puedo hacer un ingreso a Oficina de Partes DGA de manera virtual?
Para ingreso de documentos a Oficina de Partes DGA, se ha puesto a disposición una cuenta de correo electrónico por cada región del país. Considere los siguientes puntos:

  1. Diferencia entre DGA RM y DGA Nivel Central
  2. Al momento de realizar su presentación, adjunte los documentos en formato PDF, que no superen los 10 MB.
  3. Para acceder a los e-mails ingrese aquí: https://dga.mop.gob.cl/Paginas/partesdigital.aspx
¿Cómo puedo acceder a información de estadísticas hidrometeorológicas de la DGA en línea?
La Dirección General de Aguas (DGA) cuenta con datos fluviométricos y meteorológicos registrados en estaciones de monitoreo desde Arica a Tierra del Fuego. Se Ofrecen diversos reportes estadísticos oficiales de variables hidrometeorológicas y de calidad de aguas, obtenidos desde nuestra Red Hidrométrica Nacional.

Debe considerar que para la elección de informes, puede escoger como máximo 10 estaciones. Mientras que en rango de fechas, la búsqueda no puede superar de 40 años para información anual, 10 años para una solicitud mensual o 4 años para un reporte diario.

Para acceder a esta información debe ingresar al siguiente link: https://dga.mop.gob.cl/servicioshidrometeorologicos/Paginas/default.aspx

Edificación

¿Cómo presentar una solicitud de derechos de aprovechamiento de aguas?
El procedimiento para obtener un derecho de aprovechamiento de aguas se encuentra normado en los artículos 130 y siguientes del Código de Aguas, dicho procedimiento técnico legal involucra diversas etapas y costos asociados a publicación y radiodifusión de la solicitud, entre otros, y cuya autorización final por parte de la Dirección General de Aguas, dependerá del hecho de que la solicitud sea legalmente procedente, que no se afecten derechos de terceros y que exista disponibilidad del recurso hídrico para constituir nuevos derechos de aprovechamientos de aguas. En este sentido, sugerimos a usted, antes de iniciar cualquier trámite legal, requerir información sobre la factibilidad de constituir nuevos derechos en la Dirección Regional de Aguas correspondiente.

Guías del trámite aquí:

Subterráneas: https://dga.mop.gob.cl/Paginas/ap_aguas_subterraneas.aspx

Superficiales: https://dga.mop.gob.cl/Paginas/ap_aguas_superficiales.aspx

¿Cómo realizar una denuncia?
Una denuncia es una comunicación escrita realizada por cualquier persona, ya sea jurídica o natural, a la D.G.A., que permite manifestar la ocurrencia de una eventual infracción al Código de Aguas

Las materias denunciadas por las cuales se puede solicitar una fiscalización son obras no autorizadas en cuaces (Art. 41 y 171 C.A), extracción de aguas no autorizada (Art. 20, 59 y 163 C.A.; Art. 42 y 43 D.S. 203/2013), bocatomas (Art. 151, 304 C.A.), obras hidráulicas mayores (Art. 294 y 307 C.A.), caudal ecológico (Art. 129 bis 1 C.A.), extracción de áridos no autorizada (Art. 32 C.A.), control de extracciones de aguas (Art. 68 C.A.), incumplimiento a condiciones al ejercicio del derecho (Art. 149 N°7 C.A.) u otras relacionada con el Código de Aguas.

El plazo de tramitación de un expediente de fiscalización de denuncias es de máximo 6 meses

Toda persona que realice una denuncia deberá llenar el formulario respectivo, que se encuentra disponible en las Oficinas D.G.A. y en la página web del Servicio, el que deberá ser completado, firmado y presentado en papel en la respectiva Dirección Regional o Provincial de Aguas.

También se podrá realizar la denuncia vía correo electrónico, para este caso deberá adjuntarse el formulario de ingreso de denuncias, debidamente completado y firmado al correo designado para ello, según la región donde se ubica la presunta contravención al Código de Aguas.

Formulario disponible aquí: https://dga.mop.gob.cl/productosyservicios/realizarDenuncia/Paginas/default.aspx#

¿Cómo realizar una denuncia?
Una denuncia es una comunicación escrita realizada por cualquier persona, ya sea jurídica o natural, a la D.G.A., que permite manifestar la ocurrencia de una eventual infracción al Código de Aguas

Las materias denunciadas por las cuales se puede solicitar una fiscalización son obras no autorizadas en cuaces (Art. 41 y 171 C.A), extracción de aguas no autorizada (Art. 20, 59 y 163 C.A.; Art. 42 y 43 D.S. 203/2013), bocatomas (Art. 151, 304 C.A.), obras hidráulicas mayores (Art. 294 y 307 C.A.), caudal ecológico (Art. 129 bis 1 C.A.), extracción de áridos no autorizada (Art. 32 C.A.), control de extracciones de aguas (Art. 68 C.A.), incumplimiento a condiciones al ejercicio del derecho (Art. 149 N°7 C.A.) u otras relacionada con el Código de Aguas.

El plazo de tramitación de un expediente de fiscalización de denuncias es de máximo 6 meses

Toda persona que realice una denuncia deberá llenar el formulario respectivo, que se encuentra disponible en las Oficinas D.G.A. y en la página web del Servicio, el que deberá ser completado, firmado y presentado en papel en la respectiva Dirección Regional o Provincial de Aguas.

También se podrá realizar la denuncia vía correo electrónico, para este caso deberá adjuntarse el formulario de ingreso de denuncias, debidamente completado y firmado al correo designado para ello, según la región donde se ubica la presunta contravención al Código de Aguas.

Formulario disponible aquí: https://dga.mop.gob.cl/productosyservicios/realizarDenuncia/Paginas/default.aspx#

¿Cómo realizar una denuncia?
Una denuncia es una comunicación escrita realizada por cualquier persona, ya sea jurídica o natural, a la D.G.A., que permite manifestar la ocurrencia de una eventual infracción al Código de Aguas

Las materias denunciadas por las cuales se puede solicitar una fiscalización son obras no autorizadas en cuaces (Art. 41 y 171 C.A), extracción de aguas no autorizada (Art. 20, 59 y 163 C.A.; Art. 42 y 43 D.S. 203/2013), bocatomas (Art. 151, 304 C.A.), obras hidráulicas mayores (Art. 294 y 307 C.A.), caudal ecológico (Art. 129 bis 1 C.A.), extracción de áridos no autorizada (Art. 32 C.A.), control de extracciones de aguas (Art. 68 C.A.), incumplimiento a condiciones al ejercicio del derecho (Art. 149 N°7 C.A.) u otras relacionada con el Código de Aguas.

El plazo de tramitación de un expediente de fiscalización de denuncias es de máximo 6 meses

Toda persona que realice una denuncia deberá llenar el formulario respectivo, que se encuentra disponible en las Oficinas D.G.A. y en la página web del Servicio, el que deberá ser completado, firmado y presentado en papel en la respectiva Dirección Regional o Provincial de Aguas.

También se podrá realizar la denuncia vía correo electrónico, para este caso deberá adjuntarse el formulario de ingreso de denuncias, debidamente completado y firmado al correo designado para ello, según la región donde se ubica la presunta contravención al Código de Aguas.

Formulario disponible aquí: https://dga.mop.gob.cl/productosyservicios/realizarDenuncia/Paginas/default.aspx#

¿Cómo realizar una denuncia?
Una denuncia es una comunicación escrita realizada por cualquier persona, ya sea jurídica o natural, a la D.G.A., que permite manifestar la ocurrencia de una eventual infracción al Código de Aguas

Las materias denunciadas por las cuales se puede solicitar una fiscalización son obras no autorizadas en cuaces (Art. 41 y 171 C.A), extracción de aguas no autorizada (Art. 20, 59 y 163 C.A.; Art. 42 y 43 D.S. 203/2013), bocatomas (Art. 151, 304 C.A.), obras hidráulicas mayores (Art. 294 y 307 C.A.), caudal ecológico (Art. 129 bis 1 C.A.), extracción de áridos no autorizada (Art. 32 C.A.), control de extracciones de aguas (Art. 68 C.A.), incumplimiento a condiciones al ejercicio del derecho (Art. 149 N°7 C.A.) u otras relacionada con el Código de Aguas.

El plazo de tramitación de un expediente de fiscalización de denuncias es de máximo 6 meses

Toda persona que realice una denuncia deberá llenar el formulario respectivo, que se encuentra disponible en las Oficinas D.G.A. y en la página web del Servicio, el que deberá ser completado, firmado y presentado en papel en la respectiva Dirección Regional o Provincial de Aguas.

También se podrá realizar la denuncia vía correo electrónico, para este caso deberá adjuntarse el formulario de ingreso de denuncias, debidamente completado y firmado al correo designado para ello, según la región donde se ubica la presunta contravención al Código de Aguas.

Formulario disponible aquí: https://dga.mop.gob.cl/productosyservicios/realizarDenuncia/Paginas/default.aspx#

Licitaciones

¿Cómo presentar una solicitud de derechos de aprovechamiento de aguas?
El procedimiento para obtener un derecho de aprovechamiento de aguas se encuentra normado en los artículos 130 y siguientes del Código de Aguas, dicho procedimiento técnico legal involucra diversas etapas y costos asociados a publicación y radiodifusión de la solicitud, entre otros, y cuya autorización final por parte de la Dirección General de Aguas, dependerá del hecho de que la solicitud sea legalmente procedente, que no se afecten derechos de terceros y que exista disponibilidad del recurso hídrico para constituir nuevos derechos de aprovechamientos de aguas. En este sentido, sugerimos a usted, antes de iniciar cualquier trámite legal, requerir información sobre la factibilidad de constituir nuevos derechos en la Dirección Regional de Aguas correspondiente.

Guías del trámite aquí:

Subterráneas: https://dga.mop.gob.cl/Paginas/ap_aguas_subterraneas.aspx

Superficiales: https://dga.mop.gob.cl/Paginas/ap_aguas_superficiales.aspx

¿Cómo realizar una denuncia?
Una denuncia es una comunicación escrita realizada por cualquier persona, ya sea jurídica o natural, a la D.G.A., que permite manifestar la ocurrencia de una eventual infracción al Código de Aguas

Las materias denunciadas por las cuales se puede solicitar una fiscalización son obras no autorizadas en cuaces (Art. 41 y 171 C.A), extracción de aguas no autorizada (Art. 20, 59 y 163 C.A.; Art. 42 y 43 D.S. 203/2013), bocatomas (Art. 151, 304 C.A.), obras hidráulicas mayores (Art. 294 y 307 C.A.), caudal ecológico (Art. 129 bis 1 C.A.), extracción de áridos no autorizada (Art. 32 C.A.), control de extracciones de aguas (Art. 68 C.A.), incumplimiento a condiciones al ejercicio del derecho (Art. 149 N°7 C.A.) u otras relacionada con el Código de Aguas.

El plazo de tramitación de un expediente de fiscalización de denuncias es de máximo 6 meses

Toda persona que realice una denuncia deberá llenar el formulario respectivo, que se encuentra disponible en las Oficinas D.G.A. y en la página web del Servicio, el que deberá ser completado, firmado y presentado en papel en la respectiva Dirección Regional o Provincial de Aguas.

También se podrá realizar la denuncia vía correo electrónico, para este caso deberá adjuntarse el formulario de ingreso de denuncias, debidamente completado y firmado al correo designado para ello, según la región donde se ubica la presunta contravención al Código de Aguas.

Formulario disponible aquí: https://dga.mop.gob.cl/productosyservicios/realizarDenuncia/Paginas/default.aspx#

¿Cómo realizar una denuncia?
Una denuncia es una comunicación escrita realizada por cualquier persona, ya sea jurídica o natural, a la D.G.A., que permite manifestar la ocurrencia de una eventual infracción al Código de Aguas

Las materias denunciadas por las cuales se puede solicitar una fiscalización son obras no autorizadas en cuaces (Art. 41 y 171 C.A), extracción de aguas no autorizada (Art. 20, 59 y 163 C.A.; Art. 42 y 43 D.S. 203/2013), bocatomas (Art. 151, 304 C.A.), obras hidráulicas mayores (Art. 294 y 307 C.A.), caudal ecológico (Art. 129 bis 1 C.A.), extracción de áridos no autorizada (Art. 32 C.A.), control de extracciones de aguas (Art. 68 C.A.), incumplimiento a condiciones al ejercicio del derecho (Art. 149 N°7 C.A.) u otras relacionada con el Código de Aguas.

El plazo de tramitación de un expediente de fiscalización de denuncias es de máximo 6 meses

Toda persona que realice una denuncia deberá llenar el formulario respectivo, que se encuentra disponible en las Oficinas D.G.A. y en la página web del Servicio, el que deberá ser completado, firmado y presentado en papel en la respectiva Dirección Regional o Provincial de Aguas.

También se podrá realizar la denuncia vía correo electrónico, para este caso deberá adjuntarse el formulario de ingreso de denuncias, debidamente completado y firmado al correo designado para ello, según la región donde se ubica la presunta contravención al Código de Aguas.

Formulario disponible aquí: https://dga.mop.gob.cl/productosyservicios/realizarDenuncia/Paginas/default.aspx#

¿Cómo realizar una denuncia?
Una denuncia es una comunicación escrita realizada por cualquier persona, ya sea jurídica o natural, a la D.G.A., que permite manifestar la ocurrencia de una eventual infracción al Código de Aguas

Las materias denunciadas por las cuales se puede solicitar una fiscalización son obras no autorizadas en cuaces (Art. 41 y 171 C.A), extracción de aguas no autorizada (Art. 20, 59 y 163 C.A.; Art. 42 y 43 D.S. 203/2013), bocatomas (Art. 151, 304 C.A.), obras hidráulicas mayores (Art. 294 y 307 C.A.), caudal ecológico (Art. 129 bis 1 C.A.), extracción de áridos no autorizada (Art. 32 C.A.), control de extracciones de aguas (Art. 68 C.A.), incumplimiento a condiciones al ejercicio del derecho (Art. 149 N°7 C.A.) u otras relacionada con el Código de Aguas.

El plazo de tramitación de un expediente de fiscalización de denuncias es de máximo 6 meses

Toda persona que realice una denuncia deberá llenar el formulario respectivo, que se encuentra disponible en las Oficinas D.G.A. y en la página web del Servicio, el que deberá ser completado, firmado y presentado en papel en la respectiva Dirección Regional o Provincial de Aguas.

También se podrá realizar la denuncia vía correo electrónico, para este caso deberá adjuntarse el formulario de ingreso de denuncias, debidamente completado y firmado al correo designado para ello, según la región donde se ubica la presunta contravención al Código de Aguas.

Formulario disponible aquí: https://dga.mop.gob.cl/productosyservicios/realizarDenuncia/Paginas/default.aspx#

¿Cómo realizar una denuncia?
Una denuncia es una comunicación escrita realizada por cualquier persona, ya sea jurídica o natural, a la D.G.A., que permite manifestar la ocurrencia de una eventual infracción al Código de Aguas

Las materias denunciadas por las cuales se puede solicitar una fiscalización son obras no autorizadas en cuaces (Art. 41 y 171 C.A), extracción de aguas no autorizada (Art. 20, 59 y 163 C.A.; Art. 42 y 43 D.S. 203/2013), bocatomas (Art. 151, 304 C.A.), obras hidráulicas mayores (Art. 294 y 307 C.A.), caudal ecológico (Art. 129 bis 1 C.A.), extracción de áridos no autorizada (Art. 32 C.A.), control de extracciones de aguas (Art. 68 C.A.), incumplimiento a condiciones al ejercicio del derecho (Art. 149 N°7 C.A.) u otras relacionada con el Código de Aguas.

El plazo de tramitación de un expediente de fiscalización de denuncias es de máximo 6 meses

Toda persona que realice una denuncia deberá llenar el formulario respectivo, que se encuentra disponible en las Oficinas D.G.A. y en la página web del Servicio, el que deberá ser completado, firmado y presentado en papel en la respectiva Dirección Regional o Provincial de Aguas.

También se podrá realizar la denuncia vía correo electrónico, para este caso deberá adjuntarse el formulario de ingreso de denuncias, debidamente completado y firmado al correo designado para ello, según la región donde se ubica la presunta contravención al Código de Aguas.

Formulario disponible aquí: https://dga.mop.gob.cl/productosyservicios/realizarDenuncia/Paginas/default.aspx#